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	<title>Comentarios en: Nuevo escrito del Defensor del Pueblo en relación a la queja contra el Ayuntamiento de Santander</title>
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		<title>Por: Arsenio</title>
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		<dc:creator>Arsenio</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 26 May 2009 07:12:49 +0000</pubDate>
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		<description>Sin cuestionar si la reclamación al DP Europeo es oportuna o conveniente ni la forma de cómo se ha tramitado y publicitado, la posibilidad de que el DP atienda la reclamación es nula, a menos que el propio DP rompa la norma de su propia Institución.

Tampoco es posible que el DP realice ningún tipo de gestión al respecto dentro del Estado Espàñol, sería una seria ingerencia en las competencias internas de un Estado Miembro.

Eso es lo que nos contestó hace unos meses cuando le planteamos la posibilidad de recurrir a los servicios de esa Institución en relación a las OOMM de Santander.

Además el planteamiento general de un agravio sin concretar no puede prosperar en ninguna instancia ni siquiera en el propio DP español ya que para tener en cuenta una queja es necesario precisar cual es el agravio concreto.

Cuando en el seno de este club se han estudiado las formas de llegar a todas las instancias tanto del Estado Español como europeas basándonos en la experiencia acumulada desde el año 2003 que algunos miembros tenemos, reforzada en estos momentos por la opinión de varios abogados colaboradores, hemos llegado a la conclusión de que solo es viable recorrer las instancias domésticas que llevan a los tribunales, bien con nuestros propios medios o bién a través de los Organos competentes que garantizan constitucionalmente la observación de las leyes por parte de la Administración tales como el Ministerio del Interior.

Y en ese camino estamos de la mano de la Federación habiendo presentado una reclamación a través de la Secretaría de Estado para las Relaciones con las Adminsitraciones quien nos ha indicado cuáles son las vías adecuadas.

El DP europeo contestará siempre amablemente cualquier queja justificada o no, procedente o no que se haya hecho a través del formulario que hay en su web accesible a cualquier ciudadano que tenga un PC y una conexión a Internet. Pero eso no quiere decir en absoluto que sea admitida a trámite y basta leer el &quot;manual de instrucciones&quot; del funcionamiento para convencer a cualquiera que una queja contra cualquier administración doméstica española o contra el Estado Español no va a ser atendida a menos que cometa una grave falta en el protocolo y los convenios suscritos entre los países miembros y no hay ninguna razón para pensar que mil firmas van crear una excepción.

Este tema ha sido tratado con una persona que ocupa un alto cargo técnico en el Ministerio de Asuntos Exteriores español hace algunos meses.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Sin cuestionar si la reclamación al DP Europeo es oportuna o conveniente ni la forma de cómo se ha tramitado y publicitado, la posibilidad de que el DP atienda la reclamación es nula, a menos que el propio DP rompa la norma de su propia Institución.</p>
<p>Tampoco es posible que el DP realice ningún tipo de gestión al respecto dentro del Estado Espàñol, sería una seria ingerencia en las competencias internas de un Estado Miembro.</p>
<p>Eso es lo que nos contestó hace unos meses cuando le planteamos la posibilidad de recurrir a los servicios de esa Institución en relación a las OOMM de Santander.</p>
<p>Además el planteamiento general de un agravio sin concretar no puede prosperar en ninguna instancia ni siquiera en el propio DP español ya que para tener en cuenta una queja es necesario precisar cual es el agravio concreto.</p>
<p>Cuando en el seno de este club se han estudiado las formas de llegar a todas las instancias tanto del Estado Español como europeas basándonos en la experiencia acumulada desde el año 2003 que algunos miembros tenemos, reforzada en estos momentos por la opinión de varios abogados colaboradores, hemos llegado a la conclusión de que solo es viable recorrer las instancias domésticas que llevan a los tribunales, bien con nuestros propios medios o bién a través de los Organos competentes que garantizan constitucionalmente la observación de las leyes por parte de la Administración tales como el Ministerio del Interior.</p>
<p>Y en ese camino estamos de la mano de la Federación habiendo presentado una reclamación a través de la Secretaría de Estado para las Relaciones con las Adminsitraciones quien nos ha indicado cuáles son las vías adecuadas.</p>
<p>El DP europeo contestará siempre amablemente cualquier queja justificada o no, procedente o no que se haya hecho a través del formulario que hay en su web accesible a cualquier ciudadano que tenga un PC y una conexión a Internet. Pero eso no quiere decir en absoluto que sea admitida a trámite y basta leer el &#8220;manual de instrucciones&#8221; del funcionamiento para convencer a cualquiera que una queja contra cualquier administración doméstica española o contra el Estado Español no va a ser atendida a menos que cometa una grave falta en el protocolo y los convenios suscritos entre los países miembros y no hay ninguna razón para pensar que mil firmas van crear una excepción.</p>
<p>Este tema ha sido tratado con una persona que ocupa un alto cargo técnico en el Ministerio de Asuntos Exteriores español hace algunos meses.</p>
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		<title>Por: Alejandro Ribas Noguera</title>
		<link>http://www.sorbeltz.com/2009/05/21/nuevo-escrito-del-defensor-del-pueblo-en-relacion-a-la-queja-contra-el-ayuntamiento-de-santander/comment-page-1/#comment-36</link>
		<dc:creator>Alejandro Ribas Noguera</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 22 May 2009 17:56:50 +0000</pubDate>
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		<description>Vale Arsenio sabes quien soy, es que me da animos el hecho que por dos vias distintas con los mismos plantemientos básicos y ante dos defensores distintos (el Gallego ya sabes que nos dio la razón a los del AC-GA en tres alegaciones). 

Bueno como decia me da animos ante el defensor del pueblo europeo, cuando se planteo la primera vez no tyeniamos ni los medios (la instrucción.............) ni habiamos encontrado creo la persona adecuada, creo que saldra bien</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Vale Arsenio sabes quien soy, es que me da animos el hecho que por dos vias distintas con los mismos plantemientos básicos y ante dos defensores distintos (el Gallego ya sabes que nos dio la razón a los del AC-GA en tres alegaciones). </p>
<p>Bueno como decia me da animos ante el defensor del pueblo europeo, cuando se planteo la primera vez no tyeniamos ni los medios (la instrucción&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;.) ni habiamos encontrado creo la persona adecuada, creo que saldra bien</p>
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		<title>Por: arsenio</title>
		<link>http://www.sorbeltz.com/2009/05/21/nuevo-escrito-del-defensor-del-pueblo-en-relacion-a-la-queja-contra-el-ayuntamiento-de-santander/comment-page-1/#comment-35</link>
		<dc:creator>arsenio</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 21 May 2009 20:48:43 +0000</pubDate>
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		<description>En realidad lo remarcado es prácticamente el texto. Hay un primer párrafo:

&quot;Nos ponemos de nuevo en contacto con usted, como continuación a nuestro anterior escrito, en virtud del cual le informábamos que habíamos admitido a trámite su queja, iniciando las actuaciones previstas en nuestra ley organica reguladora&quot;.

Ésto, junto con los dos párrafos transcritos en el texto del artículo y un breve párrafo de despedida.

Si tiene interés en conocer todo el proceso de la queja al DP de Santander, en mi blog tiene un resumen de las actuaciones con las fechas y los escritos cruzados.

En principio, el DP era renuente en aceptar a trámite la queja a partir de un informe que le dirigió la DGT indicando que el ayuntamiento tenía derecho a prohibir el estacionamiento de autocaravanas en las vías públicas de Santander.

http://arseniogutierrez.blogspot.com/2009/04/la-reivindicacion-traves-de-los.html</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>En realidad lo remarcado es prácticamente el texto. Hay un primer párrafo:</p>
<p>&#8220;Nos ponemos de nuevo en contacto con usted, como continuación a nuestro anterior escrito, en virtud del cual le informábamos que habíamos admitido a trámite su queja, iniciando las actuaciones previstas en nuestra ley organica reguladora&#8221;.</p>
<p>Ésto, junto con los dos párrafos transcritos en el texto del artículo y un breve párrafo de despedida.</p>
<p>Si tiene interés en conocer todo el proceso de la queja al DP de Santander, en mi blog tiene un resumen de las actuaciones con las fechas y los escritos cruzados.</p>
<p>En principio, el DP era renuente en aceptar a trámite la queja a partir de un informe que le dirigió la DGT indicando que el ayuntamiento tenía derecho a prohibir el estacionamiento de autocaravanas en las vías públicas de Santander.</p>
<p><a href="http://arseniogutierrez.blogspot.com/2009/04/la-reivindicacion-traves-de-los.html" rel="nofollow">http://arseniogutierrez.blogspot.com/2009/04/la-reivindicacion-traves-de-los.html</a></p>
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		<title>Por: Alejandro Ribas Noguera</title>
		<link>http://www.sorbeltz.com/2009/05/21/nuevo-escrito-del-defensor-del-pueblo-en-relacion-a-la-queja-contra-el-ayuntamiento-de-santander/comment-page-1/#comment-34</link>
		<dc:creator>Alejandro Ribas Noguera</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 21 May 2009 20:13:37 +0000</pubDate>
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		<description>Podriais poner el texto integro, podria ser interesante conocer la contestación entera y en que se basa el Defensor del Pueblo para saber por donde ir en caso necesario, si no es mucha molestia</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Podriais poner el texto integro, podria ser interesante conocer la contestación entera y en que se basa el Defensor del Pueblo para saber por donde ir en caso necesario, si no es mucha molestia</p>
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